La inscripción de Alojamientos Turísticos es el inicio para poder categorizar y habilitar un inmueble como alojamiento turístico. Esta habilitación queda a consideración del ente de aplicación que es el Ejecutivo Provincial. Mientras que el Municipio sólo oficia como intermediario entre Provincia y el ciudadano en el inicio del trámite.
El ciudadano que quiera inscribir un inmueble como alojamiento turístico debe completar una serie de planillas que puede solicitar en la Secretaría de Turismo de la Municipalidad y entregarla luego en el mismo o vía mail.
Una vez que realiza la entrega, se emite un comprobante y se remiten las planillas a la Secretaría de Turismo de la Provincia del Chubut para que efectúe las gestiones y correspondiente evaluación del inmueble y su categorización según los requisitos de la Ley N° 27 y su reglamentación.
Cabe destacar que, además de cumplir con los requisitos de la ley ya mencionada, la habilitación comercial queda a cargo de la Municipalidad por lo que deben cumplirse los requisitos establecidos por la Secretaría de Hacienda de la Comuna.
Queda supeditado al ente regulador.
Se le entrega al ciudadano un comprobante detallando las planillas que entrega para remitir a la Secretaría de Turismo provincial.
Servicio de Alojamiento Turístico
Decreto reglamentario Servicio de Alojamiento Turístico
Adhesión a la Ley Provincial del Chubut XXIII, N° 27 y su Decreto reglamentario N° 1036/13
El Municipio sólo oficia como ventanilla de recepción y entrega de planilla para la inscripción, la categorización y evaluación corresponde al ente regulador - Ejecutivo Provincial -.