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Registro Municipal de Establecimientos Elaboradores de Productos Alimenticios y de Productos Elaborados

El Registro Municipal de Establecimientos Elaboradores de Productos Alimenticios y Productos Elaborados, surge de la gran cantidad de emprendimientos que realizan estas actividades, y que por mandato de la Carta Orgánica Municipal y leyes nacionales, es deber del estado controlar, proteger a la ciudadanía como así también garantizar el correcto desarrollo de estos emprendimientos y ayudar a su fomento y expansión. 

Este registro pretende ser un marco regulatorio propicio para el desarrollo de los emprendimientos, por lo cual tiene dos objetivos primarios, cuidar la salud y bienestar de la sociedad, y propiciar reglas de juegos claras  para los emprendedores. 

DESCRIPCIÓN DEL TRÁMITE

Todos los establecimientos elaboradores de productos alimenticios y los productos que ellos elaboren, deberán ser inscriptos en el Registro Municipal según corresponda, con excepción de los establecimientos ya inscriptos en el regostro RPE, REDB y RPADB.

Los establecimientos deberán cumplir con las exigencias establecidas en el Código Alimentario Argentino (Ley 18.284) y Ordenanzas Vigentes, siendo el organismo responsable de su control higiénico-sanitario, el departamento de Bromatología dependiente de la Dirección de Bromoatología, Higiene y Veterinaria.

Los productos alimenticios serán inscriptos previo análisis de aptitud para su consumo, expedido por laboratorios bromatologicos oficiales, ya sean provinciales o nacionales habilitados por el instituto nacional de farmacología y bromatologia.

El responsable  de la firma  elaboradora deberá contar con certificados correspondientes a establecimientos y productos expedidos por la Dirección de Bromatologia, Higiene y Veterinaria que acredite su inscripción en los registros respectivos.

Normativa

Ordenanza 104/92

Creación y lineamientos generales del Registro Municipal de Establecimientos de Productos Alimenticios Elaborados

Observaciones

La inscripción de los productos estará arancelada, siendo su importe 50 (cincuenta) módulos tipo "A" y se realizara una inscripción por cada producto alimenticio identificado según los estipulado al Código  Alimentario Argentino.

La inscripción del establecimiento y producto es totalmente independiente de la habilitación municipal, siendo necesario ambos para la circulación de  los productos dentro del ejido municipal.

La validez de la inscripción de productos y/o establecimientos será de 3 (tres) años, debiendo ser renovada previa verificación del establecimiento y análisis de los productos.

Los establecimientos y/o productos que no cumplan con el registro, tanto local como de otros estamentos gubernamentales, serán pasibles  de decomiso de la mercadería y/o clausura preventiva y/o definitiva del establecimiento y/o multa de 250 (doscientos cincuenta) a 500 (quinientos) módulos tipo "A", según la gravedad de la infracción.

Ver trámite, Permiso de venta y Distribución de productos elaborados.

Costo

$ 3375 (por tres años)

Formas de Pago

Efectivo, débito, tarjeta de crédito

Lugar/es de Pago

Belgrano 206, Belgrano 585

Horario de atención

7:15 a 12:15

Telefono

4455839

E-mail

inspecciones@madryn.gov.ar

Este trámite pertenece a

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Última actualización

20 de diciembre de 2018